La no percepción de derechos o el non take up
El Relator Especial de Naciones Unidas sobre la extrema pobreza y los derechos humanos, Olivier De Schutter, presenta un informe donde muestra la verdad de los derechos. Es ese abismo entre la protección social que la normativa recoge en el papel y las personas que finalmente acceden.
El Relator Especial de Naciones Unidas sobre la extrema pobreza y los derechos humanos, Olivier De Schutter, presentó la semana pasada en el 50º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, su informe sobre “La no percepción de derechos en el contexto de la protección social”.
Este informe se ha basado en el análisis y aportaciones de 36 países, entre ellos, España. Y el tema que aborda es de gran relevancia para las personas que Cáritas acompaña. La no percepción de derechos o el non take up es la diferencia que existe entre los derechos teóricamente reconocidos y la realidad. Es ese abismo entre la protección social que la normativa recoge en el papel y las personas que finalmente acceden, que son muchas menos de las que tendrían que tener derecho a ella.
Tenemos múltiples ejemplos en nuestro país. Uno es el subsidio para empleo de hogar que se estableció durante la pandemia y que llegó a un porcentaje ínfimo de las personas que Cáritas acompañ. Otro es el ingreso mínimo vital (IMV) que está muy lejos de dar cobertura a las personas en situación de pobreza extrema que eran sus destinarias.
Los motivos de que esto ocurra son diversos. En ocasiones hay grupos directamente excluidos de la protección social. En nuestro caso, si bien la Ley orgánica de extranjería reconoce el derecho a prestaciones básicas de todas las personas migrantes, éstas están viéndose excluidas de todas las medidas de protección social. Otras veces, el motivo de la no percepción se debe a procesos muy complejos, a falta de información, a la petición de documentación a veces imposible de conseguir para las personas o a la barrera que supone la administración electrónica difícilmente salvable para muchas personas. El relator también señala el estigma social como algo que puede disuadir del acceso a determinadas prestaciones.
La apelación es clara, no tiene sentido reconocer derechos que se quedan en papel y que las personas que necesitan de forma inmediata esa protección social que es vital no puedan acceder a ella. El informe del relator apela a simplificar procedimientos, a reforzar los servicios públicos presenciales, a subsanar los déficits de cobertura (prestaciones que llegan a quienes debiera) y llama a los gobiernos a que la garantía de la protección social sea efectiva y real.