Una Ley de Vivienda que necesita mejoras para garantizar los derechos de las personas más vulnerables
Cáritas alerta del riesgo de que este avance legislativo no consiga paliar la realidad diaria de cientos de miles de personas y familias que afrontan graves problemas de vivienda.
Cáritas acoge con satisfacción la aprobación hoy en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda, que se convierte en la primera norma a nivel estatal que regula este derecho humano en España. Supone una gran noticia la aprobación de un texto, pendiente ahora de su tramitación en el Senado, que ya en su primer borrador destacaba en su exposición de motivos la prioridad y urgencia de las personas y familias vulneradas —objeto preferente de la misión de Cáritas— para las políticas públicas de vivienda.
La Confederación Cáritas ha venido trabajando, tanto a título particular como dentro de las diversas plataformas y redes estatales de la que es miembro, en un arduo y largo camino de propuestas para que este proceso legislativo —ante-proyecto de ley, proyecto y sus diversas enmiendas y acuerdos transaccionales— se fuera abriendo paso entre los distintos grupos parlamentarios para llegar a un acuerdo final donde la garantía de disfrutar de un hogar para las personas y familias en exclusión social y vulnerabilidad que acompañamos pudiera encontrar un claro reflejo y desarrollo.
Junto a esta satisfacción por el resultado alcanzado hoy en el Congreso, cabe señalar que el Proyecto de Ley es todavía insuficiente, sobre todo cuando queda pendiente conocer cuál va a ser la implicación de las fuerzas políticas en su ulterior desarrollo reglamentario y territorial, que será, sin duda, muy complejo.
Como señala Sonia Olea Ferreras, experta de Cáritas en temas de vivienda, “a partir de ahora, tenemos delante un marco legal con definiciones y fundamentos muy positivos para articular una posible política de vivienda pública que incorpore, de verdad, a los últimos y descartados de la sociedad”. Dicho esto, advierte sobre “el peligro de que este avance legislativo se quede sólo en principios y objetivos sin cumplir para la realidad diaria de cientos de miles de personas y familias que sufren el dolor espantoso de afrontar la pérdida de su hogar, de no tenerlo o de verse forzados a elegir entre costearlo, alimentarse o encender la luz”.
Vivienda de emergencia para todos
Cáritas quiere subrayar, una vez más, que la vivienda es una necesidad básica y de urgencia máxima para cualquier persona y familia. Hasta ahora, la normativa a nivel estatal que hacía referencia a su acceso no contenía la especificidad de la vivienda de emergencia dentro de la cartera de prestaciones básicas que, desde los distintos ámbitos territoriales, se encuentra a disposición de forma universal para las personas vulnerables. Este es el motivo por el que, para Cáritas, esta haya sido una de nuestras propuestas fundamentales durante toda la tramitación de la nueva ley.
El artículo 3 del Proyecto de Ley, en su letra f) así lo recoge de forma casi idéntica a la formulada por Cáritas: Podrá tener la consideración de vivienda social de emergencia aquella vivienda social que esté destinada a atender situaciones de emergencia, ofreciendo solución habitacional a corto plazo y de forma temporal, con carácter universal y hasta que se provea de una vivienda alternativa permanente, a personas y familias en situación de pérdida o imposibilidad para acceder a una vivienda adecuada, independientemente de las condiciones documentales y administrativas de las personas afectadas.
Acogida de nuestra propuesta de definición de sinhogarismo
Como ya manifestamos en febrero del año pasado ante la publicación del proyecto de ley aprobado por el Gobierno, fue una grata sorpresa encontrar entre las pocas novedades respecto al ante-proyecto de la norma la definición de la situación de sinhogarismo.
Igualmente, expresamos la seguridad de que, durante la tramitación parlamentaria, se afrontaría la limitación que esta primera versión tenía al no contemplar el consenso europeo de la Tipología ETHOS, recomendado por el Comité de las Regiones a todos los Estado miembro de la Unión Europea en el desarrollo de sus políticas públicas de vivienda respecto a incluir no sólo a las personas y familias que viven en calle y sin vivienda, sino también a quienes lo hacen en asentamientos urbanos y rurales, en barrios vulnerables e infraviviendas, en chabolas construidas con materiales de desecho o que están a punto de ser desahuciadas de sus hogares.
Saludamos también la modificación que se ha introducido en dicha definición en el texto aprobado hoy por el Congreso, de forma que las personas y familias sin hogar acompañadas por Cáritas en todo el país pueden ver reflejada su situación en la ley y, por tanto, la posibilidad de poder ser incluidas en las políticas públicas que afronten el sinhogarismo a nivel estatal, regional y local.
Enfoque insuficiente del derecho humano a una vivienda adecuada
Más allá de estos aciertos, el Proyecto de Ley del Derecho a la Vivienda aprobado no afronta dos de las propuestas de Cáritas sobre el cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos. En esa misma línea, las relatorías de Naciones Unidas sobre la extrema pobreza y los DDHH, y la del derecho a una vivienda adecuada se lo recomendaban el pasado mes de enero a nuestro Gobierno: no hace referencia en sus fundamentos de derecho a las Observaciones Generales de Naciones Unidas que desarrollan este derecho y a los dictámenes condenatorios del Comité DESC (Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) a España por su vulneración.
En segundo lugar, y con referencia a los desalojos forzosos sin alojamiento alternativo, si bien Cáritas valora positivamente que se hayan hecho algunas mejoras respecto al juicio de proporcionalidad a realizar por nuestra judicatura, estas resultan insuficientes, pues sigue sin incluir las medidas previstas en la Observación número 7 del Comité DESC, lo que no impide que se pueda desalojar a personas vulnerables mientras no haya un alojamiento alternativo.
Salir del “pozo oscuro de la vivienda”
Con respecto a la titularidad pública permanente de la vivienda social que paliase, en gran medida, la posibilidad de corregir la grave crisis de exclusión residencial que vivimos desde 2008, Cáritas considera que el texto aprobado por el Congreso no ha conseguido profundizar, como propusimos en febrero de 2022, en el desarrollo de las herramientas jurídicas con el objetivo de la recuperación y promoción de vivienda de protección oficial de titularidad pública permanente y siempre de alquiler (considerándola como equipamiento público y reservando, para ello, importantes porcentajes de suelo con uso dotacional). A esto habría que añadir la inclusión en estos parques de vivienda de escalas suficientes de vivienda social para personas y familias vulnerables (es decir, sin ingresos estables o con ingresos inferiores al mínimo establecido).
“No tener un hogar es mucho más que estar sin Techo” ha sido uno de nuestros lemas de la Campaña Nadie Sin Hogar. La Ley por el derecho a la vivienda es, sin duda, un paso cualificado hacia ese logro, pero también menos seguro, profundo y potente del que esperábamos, en especial a la hora de proteger los derechos de las personas más vulnerables que hoy día se sienten sin esperanza, sumidas en ese “pozo oscuro de la vivienda” del que es casi imposible salir.
Cáritas mantiene su apuesta por avanzar en la ineludible tarea de articular políticas públicas concretas, efectivas, transversales e interrelacionadas en los tres niveles territoriales (local, nacional e internacional) y en los distintos ámbitos temáticos que lo hagan posible.